Estimados Colegas

 

                                Por la presente se informa que el Colegio de Ingenieros Agrónomos 1º Circ ha firmado un convenio con la Bolsa de Comercio sobre el servicio de análisis físicos, químicos y botánicos que realiza la Bolsa de Comercio en la ciudad de santa Fe respecto de muestras efectuadas sobre suelos, semillas, granos y/o subproductos que realicen los matriculados.   

                                    Para hacer uso de estas bonificaciones, los Ingenieros Agrónomos matriculados deben enviar las muestras y mencionar el convenio.

                                   La modalidad de pago para aquellos que tienen cuenta corriente, puede ser con un máximo de 30 días. Por otro lado, la Bolsa ha instalado otra modalidad mediante una entrega del % 50 aprox. a la llegada de la muestra y el saldo en el retiro de la misma o mediante el saldo total a la hora del retiro de la muestra.

                                    Para mas informacion, reenviamos una copia del Convenio.

                                    Atte

 

                                                                                                                         Colegio de Ingenieros Agrónomos

                                                                                                                                1° Circ. Santa Fe

 

 

 

 

CONVENIO BOLSA DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE SANTA FE-COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE – 1ª CIRCUNSCRIPCIÓN.

Entre la BOLSA DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE SANTA FE, con domicilio en calle San Martín 2231 de la ciudad de Santa Fe, Provincia del mismo nombre, representada en este acto por su Presidente Sr. Eduardo Gonzalez Kess, DNI Nro. 12.181.416, en adelante “LA BOLSA DE COMERCIO”, por una parte, y por la otra el Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de Santa Fe – 1ª Circunscripción, con domicilio en calle Urquiza 1649 de la ciudad de Santa Fe representada en este acto por su Presidente Ing. Agr. Gerardo Severín, DNI Nro. 10.456.467, en adelante “EL COLEGIO, convienen en celebrar el presente Convenio, el que se regirá por las siguientes cláusulas: --------------------

PRIMERA: “EL COLEGIO” ofrece y  “LA BOLSA DE COMERCIO” acepta, que  la primera promocione entre todos sus matriculados, el servicio de análisis físicos, químicos y botánicos, que ésta última realiza en su laboratorio sito en la ciudad de Santa Fe,  que los matriculados de “EL COLEGIO” envíen a la “BOLSA DE COMERCIO”.------------------------------------

SEGUNDA: A tal efecto, todos los mtricualados de “EL COLEGIO” que tengan interés en solicitar los servicios de “LA BOLSA DE COMERCIO” aquí convenidos, deberán comunicar dicha situación a “EL COLEGIO” y enviar las muestras correspondientes a la “BOLSA DE COMERCIO” al domicilio sito en calle San Martín 2231 de la ciudad de Santa Fe.--------------------------------------------------------------------------------------------------

TERCERA: Todos los matriculados a “EL COLEGIO” deberán tener su matrícula anual al día para poder acceder al beneficio de la bonificación que del uso del presente se otorga. Dicho número de matrícula deberá ser presentado junto a los datos del remitente al momento de remitir las muestras para el análisis.----------------------------------------------------

CUARTA: Una vez que fuere efectuado el o los análisis correspondientes sobre las muestras remitidas, “LA BOLSA DE COMERCIO” informará los resultados obtenidos directamente a los matricualdos de “EL COLEGIO” y se emitirá la factura correspondiente,  en el domicilio de “LA BOLSA DE COMERCIO” en la ciudad de Santa Fe.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------

QUINTA: “LA BOLSA DE COMERCIO”, bonificará a cada matriculado de “EL COLEGIO”, el diez por ciento (10%) de los importes facturados, más un cinco por ciento (5%) que será reintegrado mensualmente a “EL COLEGIO” de todas las facturas que es hayan cancelado al momento y ante la presentación por parte de éste, de un recibo por el monto correspondiente.----------------------------------------------------------------------------------

SEXTA: Todos los matriculados a “EL COLEGIO” interesados en acceder a este convenio deberán ser dados de alta en el sistema de clientes de “LA BOLSA DE COMERCIO”, acreditando su identidad y sus datos personales en ésta y comprometiéndose a abonar el monto de las facturas emitidas por los servicios de análisis, en el término de los quince (15) días de emitida ésta. Ante el incumplimiento de esto, automáticamente “LA BOLSA DE COMERCIO” podrá dejar sin efecto el beneficio de la bonificación para el matriculado de “EL COLEGIO” y a su vez éste dejará de percibir el porcentual que le correspondiera del matriculado.---------------------------------------------------------------------------------------------------

SEPTIMA: “LA BOLSA” se compromete a solicitar a el “EL COLEGIO” sobre el estado actual de pago de las matrículas de los matriculados y período de vigencia del mismo, fecha de vencimiento de la misma y cualquier otro dato que crea conveniente.-----------------------------------------------------------------------------------------------

OCTAVO: “LA BOLSA DE COMERCIO” y “EL COLEGIO”,  llevarán conjuntamente acciones de difusión para hace conocer a los matriculados vinculados a éste último, todas las características del convenio.----------------------------------------------------------------------------

NOVENO: El plazo de duración del presente contrato será de un (1) año contado a partir de la fecha de la firma del presente, renovándose por igual período de tiempo en forma automática, si no hay denuncia expresa de alguna de las partes contratantes.--------------------

DÉCIMA: Sin perjuicio del plazo establecido en la cláusula anterior, las partes podrán rescindir antes de su finalización el presente contrato por las siguientes causales, a saber: a) de común acuerdo, en cualquier momento, y según las condiciones estipuladas por las partes; b) por cualquiera de las partes, por incumplimiento de la otra de cualesquiera de las obligaciones pactadas por el presente.- Dicha decisión deberá ser notificada por escrito y a través de medio fehaciente, con no menos de 10 días de anticipación.----------------------------

UNDÉCIMA: Las partes constituyen domicilio legal en los lugares indicados ut-supra, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se practiquen con motivo del presente.---------------------------------------------------------------------------------

DUODÉCIMA: Asimismo, las partes se someten voluntariamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Santa Fe, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción especial que les pudiere corresponder, para cualquier conflicto, judicial o extrajudicial que se suscitare con motivo del presente.-------------------------------------------

En prueba de conformidad, las partes contratantes firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Santa Fe, a los 12 días del mes de Julio de 2010.-----------