Resolución SAGPyA Nº 312 / 2007 (Viveros -No Semilleros)
12/03/10 - FUENTE: COLAGRO1
Estimados Colegas
Por resolución del SENASA, se obliga a todos los viveros que propaguen, micropropagen, multipliquen, importen y/o exporten plantas o sus partes o movilicen plantas inclusive para uso propio; hagan la inscripción en un registro nacional debiendo contar además, cada operador, con un responsable técnico, Ingeniero Agrónomo o Forestal matriculado.
Al mes de diciembre pasado sólo 12 viveros se hallaban inscriptos en toda la Pcia. Por ello el Colegio les solicita nos informen sobre los viveros que se encuentran en sus lugares de origen detallando nombre, domicilio y si lo tuvieran, correo electrónico y tel para enviarles una nota comunicándoles sus obligaciones.
Adjuntamos la Resolución nº 312/07.
Sin mas los saludamos atte.
Colegio Ing. Agr.
1º Circ. Sta. Fe
Resolución SAGPyA Nº 312 / 2007 (Viveros -No Semilleros)
Detalles en: http://www.senasa.gov.ar/contenido.php?to=n&in=1176&io=7161
Solicitar guía de sanidad para tránsito de plantas y/o sus partes
Dirección de Sanidad Vegetal
http://www.senasa.gov.ar/contenido.php?to=n&in=907&io=3882
|